No existe en Jujuy una
política transformadora
del servicio público

Doctora Alicia Chalabe.

Doctora Alicia Chalabe, CODELCO.

Por la doctora Alicia Chalabe para El Libertario. Las Asociaciones de Usuarios y Consumidores, como la que represento, CODELCO, desde la sanción de la Ley de Defensa del Consumidor en 1993, y el reconocimiento de los derechos de usuarios y consumidores en la Reforma de la Constitución Nacional en 1994, venimos bregando por el cumplimiento de sus mandatos. Uno de los derechos más importantes, pues es vía de cumplimiento y ejecución de otros, es el de la participación en las decisiones que en definitiva se les aplique, como es el caso de las tarifas de los servicios públicos, y el mecanismo más idóneo, las audiencias públicas, además de la información detallada, veraz, objetiva contenida en el articulado de la ley.

Esta es una lucha y reivindicación de los asociaciones de usuarios y consumidores, bregar por servicios públicos con acceso a toda la población, con tarifas justas y razonables, amén de otros principios que agregó la Ley de Emergencia económica nacional en el 2002 (como el impacto de las tarifas en los bolsillos de los consumidores y el derecho de acceso), que sean controlados, por órganos independientes y con personas idóneas a cargo, entre otros derechos.

Lamentablemente, en el caso del transporte público automotor de pasajeros de la ciudad de San Salvador de Jujuy, no existió ni existe una política transformadora del servicio público, que se brinde eficazmente, que la gente esté conforme, que el precio sea justo, que se puedan efectuar reclamos y que los mismos sean considerados, que se cumplan las leyes y decretos reglamentarios referidos al transporte de personas con discapacidad y la paulatina incorporación y transformación de unidades con los servicios adaptados para el uso de los mismos, ni que exista un ente regulador de los servicios públicos municipales. El rechazo de la medida cautelar como la solicitada, en la que expresamente pedimos que se suspenda el aumento, por estas y otras consideraciones, nos lleva a insistir y continuar el reclamo del ejercicio de los derechos que como usuarios poseemos, ya mencionados, reconocidos en la Constitución Nacional y Ley de Defensa del Consumidor, que hasta tanto no sean cumplidos y considerados por las autoridades públicas, no se modificarán las condiciones de prestación del servicio ni cejaremos en el pedido.

La única modificación sustantiva será el ejercicio real de los derechos reconocidos, y el cumplimiento por parte de las autoridades públicas de los mismos, que reitero, hasta ahora no solo no se cumplen sino que se eluden.

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