Propician transferir a la Justicia el
Juzgado Administrativo de Minas

Es un proyecto del diputado provincial Miguel Morales (PJ), quien sostiene que la importante elaboración doctrinaria de los últimos años y el tratamiento más específico que ha recibido en general la legislación minera, imponen la adopción de medidas tendientes a la adecuación de las instituciones que rigen la actividad.

En los fundamentos, destacó el legislador que los acontecimientos ocurridos en los últimos días y el debate suscitado en relación a la actividad minera, “actualizan la necesidad de insertar con total claridad al organismo concedente-jurisdiccional minero al Poder del Estado al cual le corresponde la aplicación del derecho al caso concreto”.

El Juzgado Administrativo de Minas -advierte el diputado Morales- pertenece a la esfera judicial “por su función jurisdiccional especializada, autonomía funcional, independencia y poder de imperio”.

Por otro lado, destaca que la transferencia de la planta de Personal “es una consecuencia de esta posición, que parte de reconocer que el hecho de haberlo denominado Juzgado Administrativo de Minas, no modifica de manera alguna el carácter judicial que tiene, pero que debe perfeccionarse, a fin de fortalecer el rol que tuvo históricamente y que tendrá en el futuro, en los procesos voluntarios que son de su competencia, así como en la resolución de conflictos que plantean entre mineros, así como a los que se suscitan entre mineros y superficiarios y también entre mineros y el Estado Provincial”.

En el aspecto de la solución de conflictos -dice- “es donde se debe poner mayor cuidado, porque es en el ámbito de las controversias en el que debe aparecer en estas épocas la superación del aparente choque de intereses entre los titulares de derechos mineros, los particulares superficiarios a título individual y comunitario y los organismos técnicos del estado que deben realizar el adecuado control de la actividad”.

“En nuestra Provincia rige el Decreto Ley N° 46-H-65, mediante el cual se dispone la creación del Juzgado Administrativo de Minas como autoridad jurisdiccional- concedente que integra el Poder Ejecutivo Provincial y se encuentra dotado de garantías que son necesarias para consagrar su independencia: recurribilidad de sus decisiones por ante el poder Judicial y mecanismo de designación y remoción del Juez Administrativo de Minas, sin embargo, teniendo en cuenta que su competencia es, además de exclusiva y excluyente, típicamente judicial y respetando la naturaleza de la función y las normas constitucionales que rigen la materia, corresponde adecuar o corregir su actual fisonomía. Tal es la orientación de la doctrina más avanzada y el criterio de autoridad minera eminentemente judicial por el que optaron provincias como Salta, Tucumán, Catamarca y Mendoza”, precisan los fundamentos.

Además indica la iniciativa que la experiencia que arroja la aplicación del Decreto Ley N° 46-H-65, la multiplicación de actuaciones referidas a derechos mineros, la importante elaboración doctrinaria de los últimos años, especialmente en cuanto a conclusiones referidas a la función jurisdiccional minera y a la ciencia procesal, como así el tratamiento más específico que ha recibido en general la legislación minera, “imponen ya la adopción de medidas tendientes tanto a la adecuación de las instituciones que rigen la minería, tanto en su faz organizativa, como en lo referente a normas de aplicación, tal como serían las de orden procesal o registral”.

El legislador considera asimismo injusto que los empleados del Juzgado de Minas reciban remuneraciones conforme el régimen de sueldos del Escalafón General de la Administración Pública Provincial, cuando las tareas que desarrollan son similares a las que presta el personal de un juzgado de primera instancia.

La iniciativa propicia transferir el actual Juzgado Administrativo de Minas, dependiente del Ministerio de la Producción, a la órbita judicial como “Juzgado de Minas” que actuará con la nominación o numeración que le asigne el Superior Tribunal de Justicia.

La transferencia comprenderá la planta de personal -titular del Juzgado, Escribana de Minas; Secretaría, Registro Gráfico y demás agentes- así como toda la totalidad de los bienes. Sin embargo el personal del Juzgado Administrativo de Minas que reviste dentro o fuera de escala, podrá optar por continuar como empleado de la Administración Pública, aclara el proyecto.

Noticias Relacionadas

Sientase libre de enviar su opinión